"La Audiencia cree que el Gobierno de Chávez ayuda a ETA y las FARC". Así titula El País una noticia del 1 de marzo. Eloy Velasco, juez instructor de la Audiencia Nacional, dictó ayer un auto de procesamiento contra seis presuntos miembros de ETA y siete de las Fuerzas Armadas Revolucionarias Colombianas (FARC) por supuesta colaboración con banda armada e intento de asesinato. Estos hechos son antiguos y conocidos, pero lo que ha llamado la atención de todos los medios es que en la parte dispositiva del auto, el juez, en el mismo párrafo que solicita la cooperación de los gobiernos venezolano y cubano, establece literalmente: “Líbrese copia del presente Auto y remítase copia al Ministerio de Asuntos Exteriores y al Ministerio del Interior para que practiquen las gestiones pertinentes ante las Autoridades Cubana y especialmente Venezolana para que cooperen a la entrega extradicional de algunos de los procesados, pues obran diligencias en este procedimiento que ponen de manifiesto la cooperación gubernamental venezolana en la ilícita colaboración entre las FARC y ETA y en especial de ARTURO CUBILLAS FONTAN, que tiene o ha tenido un cargo público en ese país”.
Veamos primero las omisiones de la resolución judicial. El auto de Eloy Velasco en ningún momento hace referencia a que el procesado Arturo Cubillas reside legalmente en Venezuela desde el mes de mayo de 1989 como producto de los acuerdos entonces alcanzados por los presidentes Carlos Andrés Pérez y Felipe González. Mientras que el juez, como advierte la nota de prensa de la Embajada Venezolana en Madrid, se toma la molestia de referirse reiteradamente y de manera irrespetuosa al Presidente de los venezolanos, Hugo Chávez, haciendo señalamientos tan tendenciosos como infundados acerca del actual gobierno bolivariano.
El juez español también debería reseñar que prácticamente todos los hechos contenidos en la resolución judicial son producto de la utilización de archivos contenidos en el computador de Raúl Reyes, cuya eficacia probatoria es mucho más que dudosa por haber sido manipulados por el ejercito colombiano. Siendo archivos manipulados y obtenidos con violación del derecho internacional, ningún tribunal imparcial podrá tenerlos en cuenta para dictar una sentencia condenatoria, aun tratándose de delitos de “terrorismo”.